HISTORIA DE LA BANCA EN COLOMBIA
Banco de la República de Colombia (BRC)
1880. Después de varios intentos, en junio de 1880 el
Gobierno creó el Banco Nacional, que actuara como su banquero y promoverá el
crédito público. La función de banquero consistía en prestar al Gobierno los
servicios de consignación de los fondos públicos o de Tesorería, crédito,
colaboración en la contratación de préstamos internos y externos y la
administración de los títulos de deuda pública.
Pero en 1894 debió ser liquidado por el Congreso,
debido a excesos registrados en la capacidad de emisión.
Años más tarde fue creado el Banco Central de
Colombia, el cual funcionó de 1905 a 1909, y luego fue liquidado por idénticas
razones que el anterior.
El surgimiento del Banco de la República se dio en
1923. Fue organizado por la denominada misión Kemmerer. A la par de la creación
del Banco se desarrolla la Superintendencia Bancaria como ente de vigilancia.
La Primera Guerra Mundial trajo a Colombia graves
dificultades económicas y financieras que no mejoraron con el advenimiento
(Llegada) de la paz. Las perspectivas de las entidades bancarias durante las
dos primeras décadas del siglo XX no eran halagüeñas (Que prometen cosas
favorables) por el desorden monetario existente: se emitía dinero sin control y
las reservas de los bancos estaban dispersas. Además se carecía de un sistema
formal de garantías y respaldo gubernamental para los bancos.
En marzo de 1923, el presidente Pedro Nel Ospina
contrató un grupo de expertos presidido por el profesor Edwin Walter Kemmerer,
que más tarde se llamó la Misión Kemmerer. La primera actividad de esta misión
fue el estudio de nuestra realidad económica mediante el contacto y discusión
con cámaras de comercio, sociedades de agricultores y agentes oficiosos
regionales. Luego, sin que se tratara de un trasplante de normas y organización
vigentes en otras economías ni de innovación total, la misión condujo al
ordenamiento de lo aprovechable en las leyes dictadas el año anterior, como
base para la elaboración del estatuto orgánico de la entidad que iba a nacer.
Mediante la Ley 25 de julio de 1923 se creó el Banco
de la República, como banco central colombiano. Se organizó como sociedad
anónima con un capital original de $10 millones oro, de los cuales un 50% lo
aportó el Gobierno y la diferencia los bancos comerciales nacionales,
extranjeros y algunos particulares. A esta entidad se le confió, en forma
exclusiva, la facultad de emitir la moneda legal colombiana, se le autorizó
para actuar como prestamista de última instancia, administrar las reservas
internacionales del país, y actuar como banquero del Gobierno. La Junta
Directiva del Banco, conformada por 10 miembros, representantes del sector
privado y del Gobierno, fue encargada por la misma Ley, de ejercer las
funciones de regulación y control monetario bajo estrictos parámetros de
ortodoxia financiera. Se le encomendó, además, fijar la tasa de descuento y la
intervención para controlar las tasas de interés.
La creación del Banco de la República constituye un
elemento fundamental en la organización económica e institucional del país. Con
el paso de los años, esta institución ha experimentado cambios importantes que
han buscado adecuarla a una economía en permanente proceso de crecimiento y
actualización.
Segunda Misión Kemmerer. Mediante la Ley 82 de 1931,
se modificó la composición de la Junta Directiva del Banco, en la cual se
incorporaron representantes de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia
y de las Cámaras de Comercio, y se formalizó la inclusión del Ministro de
Hacienda. Se estableció un control de cambios para regular las operaciones con
el resto del mundo. Específicamente se reguló el cambio de moneda nacional a
extranjera y se determinó que todo pago al exterior debía tener la autorización
del Banco Emisor. Ello condujo a intensificar la actividad del Banco como
regulador de las operaciones monetarias tanto de moneda doméstica como en
divisas.
En septiembre de 1931 Inglaterra desmontó el patrón
oro asociado con la libra esterlina, que era la moneda internacional de
referencia. Para evitar la disminución de las reservas de oro, el Gobierno
suspendió temporalmente el comercio de este metal y la convertibilidad de la
moneda y estableció el control de las operaciones con el resto del mundo.
También, se asignó al Banco el monopolio de la compra y venta de oro y moneda
extranjera, función relacionada con el manejo de las reservas.
1949. La Misión Grove. En este año, el Gobierno invitó
a una misión de la Reserva Federal de Nueva York, dirigida por Daniel Grove, a
fin de que realizara un diagnóstico del sistema bancario colombiano. Esta
misión recomendó dotar al Banco de la República de más instrumentos para
regular la oferta monetaria y la canalización del crédito con el objeto de
incentivar el desarrollo económico. En tal sentido, se facultó a la Junta
Directiva del Banco, con el voto favorable del Ministro de Hacienda, para fijar
cupos de crédito ordinario, especial o de fomento, y de emergencia, para fijar
y variar las tasas de interés y descuento a las operaciones de préstamo,
descuento y redescuento, y para señalar y modificar el encaje legal de los
establecimientos bancarios, entre otras funciones.
Adicionalmente, se prorrogó el término de duración del
Banco y se le extendió la exclusividad de la emisión de billetes por 20 años
más, a partir del 20 de julio de 1953. La composición de la Junta Directiva se
modificó al permitir una mayor participación de los gremios, para conocer más a
fondo los distintos sectores de la economía.
1950. En este año se tomaron las primeras medidas para
que el Banco asumiera la función de crédito de fomento. El Gobierno decidió
orientar los créditos de mediano y largo plazo hacia las actividades
productivas. Esta política de fomento fue reforzada, durante la década de los
setenta, con la creación de varios fondos financieros adscritos al Banco de la
República, como el Agropecuario, el de Inversiones Privadas, Industrial,
Promoción de Exportaciones y Desarrollo Urbano.
1951. Desde finales de los años 40 se venían adoptando
decisiones encaminadas a ampliar las funciones del Banco en materia de
regulación y ejecución de la política monetaria y crediticia. Tales medidas se
concretaron mediante el Decreto legislativo 756 de 1951, el cual le otorgó al
Banco atribuciones para diseñar políticas monetaria, crediticia y cambiaria, a
fin de crear condiciones propicias para el desarrollo ordenado de la economía
colombiana. Para ello se hicieron flexibles algunas de las facultades que el
Banco tenía, y se le asignaron nuevas funciones sobre la fijación de los cupos
de crédito, la determinación del descuento y de las tasas de interés, los
porcentajes de encaje legal y las condiciones de elegibilidad de las
obligaciones bancarias. Mediante estas atribuciones se consolidó su función
como banco central, con amplias facultades para el diseño y ejecución de la
política monetaria y crediticia del país.
1957. Obtuvo poder para establecer controles a las
importaciones y a las operaciones de giro al exterior.
1960. En los años 60, se consideró conveniente que el
Estado delegara la función reguladora de los flujos monetarios en una
corporación pública distinta de la Junta Directiva del Banco de la República.
1963. Se creó la Junta Monetaria, constituida por los
siguientes miembros: el Ministro de Hacienda y Crédito Público, quien la
presidía, el Ministro de Desarrollo, el Ministro de Agricultura, el jefe del
Departamento Nacional de Planeación y el Gerente del Banco de la República. En
1976 se incorporó al Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior –
INCOMEX. Con voz pero sin voto, asistían el Secretario Económico de la
Presidencia de la República y el Superintendente Bancario, además de dos
asesores técnicos.
1967. El Decreto 444 puso en vigencia un nuevo sistema
cambiario que intensificó la actividad del Banco en el control de los
movimientos cambiarios, fundamentalmente en lo referente al manejo de los
presupuestos de divisas y a la regulación de la oferta y la demanda de cambio
extranjero.
1973. Accionista del Banco de la República, del que se
había retirado en 1951. Adquirió todas las acciones, dejando sólo una por cada
banco accionista.
Las reformas al sistema monetario y al Banco Emisor,
contenidas en la Ley 7 y el Decreto 2617, culminaron con la oficialización del
capital del Banco de la República, ya que el Estado pasó a ser propietario de
la casi totalidad de sus acciones. Así mismo, se transformó en entidad de
derecho público económico cuyas funciones no son delegables. Sin embargo, se
mantuvo la participación de los diferentes sectores en su Junta Directiva
incluyendo representantes del Gobierno y de los sectores exportador, consumidor,
bancario y de la producción y distribución.
1980. Hacia finales de 1980 se empezó a discutir la
necesidad de una Junta más independiente del Gobierno, ya que la Junta
Monetaria no lo era, por cuanto la mayoría de sus miembros eran ministros y
funcionarios del ejecutivo, con responsabilidades e intereses en diversos
frentes de la economía. En consecuencia, se venían planteando algunos proyectos
de reforma que se cristalizaron con la convocatoria a la Asamblea Nacional
Constituyente en 1991, en la cual se incluyó el sistema monetario del país
dentro de los temas que, en el ámbito económico, debían ser objeto de
regulación constitucional.
1991. Con la Constitución de 1991, la Asamblea
Nacional Constituyente introdujo varias reformas al sistema de banca central
que existía en Colombia.
Las principales reformas estuvieron encaminadas a la
sustitución de la Junta Monetaria por la actual Junta Directiva como máxima
autoridad monetaria, cambiaria y de crédito, que actúa independientemente del
Gobierno, y está conformada por siete miembros, así:
El Ministro de Hacienda, quien la preside, el Gerente
General del Banco y cinco miembros permanentes de dedicación exclusiva,
nombrados por el Presidente de la República para un período de cuatro años, al
término del cual el siguiente Presidente podrá cambiar sólo a dos de ellos,
mientras que los restantes podrán continuar en sus funciones. Sin embargo,
ninguno de los miembros podrá permanecer más de tres períodos consecutivos.
Este sistema garantiza la continuidad en las políticas del Banco y evita que
éstas se vean influenciadas por los ciclos políticos, lo cual asegura una
planeación de más largo plazo y una mayor credibilidad para el público.
1993. Se acuerda que la función primordial del
Banco será garantizar la estabilidad de la moneda.
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